La toxicomanía (alcoholismo y drogadicción) como causa de divorcio
¿Quién en su sano juicio quiere convivir con alguien que tiene vicios serios, que no solo afectan su propia salud, sino también la estabilidad económica de su cónyuge y en general de su familia? Muchos pueden pensar que quien tiene una pareja con estos vicios no podrá plantear el divorcio por esta causal, lo que no es correcto. Si bien es cierto existe un deber de asistencia entre cónyuges, es innegable que estas adicciones tienen generalmente un origen voluntario. En este sentido la toxicomanía sí es una causal de divorcio en el Perú.
¿Qué significa la causal de toxicomanía?
Esta causal esta referida al uso habitual e injustificado de drogas alucinógenas o de sustancias que puedan generar toxicomanía. Este motivo de divorcio, de denomina comúnmente como toxicomanía. En este sentido, la RAE define a la toxicomanía de la siguiente manera: “Hábito patológico de intoxicarse con sustancias que procuran sensaciones agradables o que suprimen el dolor”.
Se trata de una dependencia crónica a sustancias, como los estupefacientes, psicotrópicos, psicodislépticos e inhalantes volátiles. También está considerado dentro de esta causal el alcoholismo.
Como es sabido, la drogadicción o el alcoholismo (principales manifestaciones de la toxicomanía), provocan trastornos de conducta que imposibilitan la vida en común con el cónyuge sano, inclusive con los hijos. Siendo que esos trastornos pueden llegar a ser permanentes si el consumo se realiza periódicamente.
¿Qué debo probar para divorciarme la causal de toxicomanía?
Son 3 los elementos que debemos acreditar para poder obtener el divorcio por esta causa. Es importante señalar que si uno de estos elementos no está presente no se amparará el divorcio. Los elementos que debemos probar son los siguientes:
- Habitualidad en el uso.
- Uso injustificado. Es importante que no exista una justificación para el consumo de estas sustancias, que generalmente se da cuando la persona sufre una enfermedad grave como el cáncer.
- Deben tratarse de drogas alucinógenas o sustancias que generen toxicomanía.
Idealmente se requerirá de un certificado médico para poder acreditar los elementos señalados.
En caso tengas dudas de si cumples con los requisitos para poder divorciarte por la causal de toxicomanía, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de la página de contacto o por nuestras redes sociales y un abogado especializado en la materia te atenderá.
¿Qué plazo tengo para demandar divorcio por drogadicción o alcoholismo?
En atención a lo regulado por el artículo 339 del Código Civil, el plazo para demandar divorcio no caduca mientras subsistan los hechos que lo motivan. En este sentido, mientras el cónyuge continúe usando las sustancias que le generan toxicomanía, se podrá interponer la demanda de divorcio.
¿Cuáles son los efectos del divorcio por causal de toxicomanía?
Esta causal de divorcio tiene un cónyuge culpable y otro que será el inocente, teniendo en cuenta quien tiene la toxicomanía. En este sentido, el cónyuge inocente puede solicitar cosas como una indemnización, la tenencia de los niños o pensión de alimentos. Si quieres saber si puedes ganar uno de estos beneficios puedes consultar el siguiente artículo: Consecuencias del divorcio ¿Qué puedo ganar o perder?