divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común

Divorcio por imposibilidad de hacer vida en común

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La imposibilidad de hacer vida en común es una causal de divorcio muy abierta. En este sentido, una gran cantidad de conductas pueden encajarse dentro de esta causal. Esto obedece a que no siempre se podrá imputar otras causas de divorcio, lo que no significa que se desea continuar con el matrimonio.

En caso tu relación marital sea insostenible, te invito a ver este artículo, para que determines si te encuentras dentro de esta causal. Asimismo, en caso tengas dudas respecto al proceso de divorcio, puedes ponerte en contacto con nosotros, te atenderemos gustosamente.

¿En qué artículo del Código Civil se encuentra regulado el divorcio por imposibilidad de hacer vida en común?

Esta causal de divorcio se encuentra regulada en el Código Civil peruano en su artículo 333, inciso 11, de la siguiente manera:

Son causales de separación de cuerpos:

11 – La imposibilidad de hacer vida en común, debidamente probada en proceso judicial.

Puede llevar a confusión el que la norma señale que estamos ante una causal de separación de cuerpos y no de divorcio, ya que son figuras diferentes. Tal y como hemos desarrollado en otro artículo, la separación de cuerpos no disuelve el matrimonio. En este sentido, en el artículo 349 del Código Civil, se ha establecido que esta es también una causal de divorcio.

¿Qué significa la causal de imposibilidad de hacer vida en común?

La imposibilidad de hacer vida en común, significa que el matrimonio ha perdido su razón de ser, que los sentimientos que una vez hubo ya no existen y por lo tanto la unión matrimonial, solo se da en el plano formal. Estamos ante un matrimonio desquiciado que de continuar será el origen de mayores desavenencias, disputas y rencores entre los cónyuges. Por tal motivo se justifica esta causal de divorcio.

¿En qué casos estaríamos ante la causal de imposibilidad de hacer vida en común?

Como hemos dicho al inicio del artículo, esta causal de divorcio puede abarcar un sinfín de conductas, pero podemos proponer los siguientes ejemplos a modo ilustrativo:

  • Impedir el ingreso al hogar conyugal a uno de los cónyuges.
  • Endeudarse de tal manera que pone en peligro el sustento de la familia.
  • Disponer de bienes sin el consentimiento del otro cónyuge.
  • Conversión a una religión, que tiene creencias y costumbres incompatibles con el desarrollo habitual de la vida en familia y/o pareja.
  • Atentar contra familiares cercanos del cónyuge.
  • Falta de aseo e higiene llevadas al extremo.
  • Falta de aportación al sostenimiento del hogar a pesar de tener los medios para hacerlo.
  • No trabajar, pero no porque no se puede acceder a uno, sino porque no se tiene la intención de trabajar.
  • Que, ante una enfermedad grave sufrida por el cónyuge o los hijos, no se brinde el apoyo emocional, de tal manera que ni se visite en el hospital.
  • Usar métodos anticonceptivos sin el consentimiento del otro cónyuge.

¿Qué debo probar para divorciarme por esta causal?

Son 2 los elementos que se deben acreditar para poder divorciarse por esta causal, estos son los siguientes:

  1. Imposibilidad de hacer vida en común, esto quiere decir que los hechos que motivan la ruptura matrimonial son graves, de tal manera que la convivencia en el mismo hogar de los cónyuges genera un perjuicio a los mismos o a uno de ellos.
  2. Permanencia de la imposibilidad, que debe ser lo suficientemente grave para perdurar en el tiempo, por lo que no estamos ante una discusión pasajera.

En caso tengas dudas de como probar esta causal de divorcio o desees divorciarte, puedes contactarte con nosotros a través de nuestras redes sociales y un abogado especialista resolverá tus dudas.

¿Qué plazo tengo para divorciarme por la causal de imposibilidad de hacer vida en común?

En atención a lo regulado por el artículo 339 del Código Civil, el plazo para demandar divorcio no caduca mientras subsistan los hechos que lo motivan. En este sentido, mientras las condiciones que configuran la causal de imposibilidad de hace vida en común permanezcan, se podrá interponer la demanda de divorcio.

¿Cuáles son los efectos del divorcio por motivo de incompatibilidad de caracteres?

Existe una discusión acerca de si en la configuración de esta causal existe un cónyuge culpable y otro inocente, o si no existen culpables. Pero considero que estanos ante una causal que tiene a un cónyuge culpable de que la relación matrimonial se fracture, postura que también ha tomado la corte suprema (Casación 2871-2005-Lima).

Esto es importante porque si se le imputa el divorcio a uno de los cónyuges, el cónyuge inocente puede solicitar cosas como una indemnización, la tenencia de los niños o pensión de alimentos. Lo que se puede solicitar en un proceso de divorcio lo hemos desarrollado en este artículo: Consecuencias del divorcio ¿Qué puedo ganar o perder?

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